Asociaciones Público-Privadas PDF
¿De qué manera se deberá especificar el monto del Proyecto en el contrato, tratándose de Asociaciones Público-Privadas?
De conformidad con el Artículo 26, fracción IV del Reglamento deberá especificar el monto a valor presente, incluyendo los costos financieros relacionados.
¿Qué requisitos deberá especificar el contrato tratándose de Asociaciones Público-Privadas?
De conformidad con el Artículo 26, fracción IV del Reglamento son:
1. El monto de inversión a valor presente;
2. El plazo del proyecto en días y fecha de vencimiento;
3. El destino de la Obligación, especificando el proyecto;
4. El pago mensual del servicio, identificando la parte correspondiente al pago de la inversión;
5. Las erogaciones pendientes de pago, y
6. En su caso, la Fuente de pago y el mecanismo de pago.
Para los proyectos de Asociaciones Público-Privadas ¿es indispensable presentar el análisis de conveniencia y transferencia de riesgos para obtener la inscripción en el Registro Público Único?
De conformidad con el Artículo 13, fracción III, penúltimo párrafo de Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDF), y el Artículo 26, fracción XI del Reglamento, sí es indispensable.
En el caso de que el Proyecto de una Asociación Público-Privada sea financiado de manera mayoritaria con recursos federales ¿qué requisito se debe presentar para realizar la inscripción?
Al contar con recursos federales, adiciona a los requisitos de una APP local, deberá presentar en su solicitud de inscripción una declaración de cumplimiento de la Ley de Asociaciones Público Privadas (Artículo 26, fracción I, inciso e) del Reglamento.